Recientemente han firmado un Convenio con el objetivo de establecer formas de colaboración con los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha (Alcázar de San Juan, Albacete, Cuenca, Herrera de la Mancha, Ocaña I, Ocaña II, y los CIS Concepción Arenal y Marcos Ana) y de las Comunidades Autónomas limítrofes, con actividades que fomenten el contacto de los estudiantes de la UCLM con el medio penitenciario.
Por ONETs, empresa tecnológica española centrada en el diseño de herramientas LegalTech, Gobertech y predictivas que utiliza Inteligencia Artificial y BigData. Equipo formado por Juristas especializados en Derecho Penal y Penitenciario, Matemáticos e Ingenieros informáticos.
¿Qué es?
La empresa tecnológica española ONETs ha creado el Software de Gestión Penitenciaria (SGP) para facilitar el trabajo de los abogados con clientes internos en centros penitenciarios.
¿Qué ofrece esta herramienta?
Esta herramienta ofrece una solución única e innovadora a nivel mundial sin competencia. Por un lado, organiza los datos penales, penitenciarios y sociales de los clientes. Por otro, ofrece una extensa base de datos con toda la jurisprudencia positiva, con los criterios de los jueces y fiscales de vigilancia penitenciaria. A continuación, previo análisis de los motivos de denegación de permisos de salidas o progresión de grado, gracias a un generador de escritos personalizables, diseñado con algoritmos avanzados e Inteligencia Artificial, es capaz de generar un recurso de queja o de apelación en menos de 20 segundos, reduciendo en un 68% la carga de trabajo.
Por e-Libertas, equipo multidisciplinar formado por psicólogos, trabajadores sociales y juristas con amplia experiencia en el campo penitenciario y penal.
La Constitución Española en su art. 25.2, establece que «las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad penales estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados«. No cabe duda de que, desde un punto de vista técnico, la reinserción se encuentra dentro del ámbito del tratamiento penitenciario con la finalidad de minimizar los efectos desocializadores de la privación y evitar en un futuro el regreso del interno a prisión. Es por tanto la Institución Penitenciaria la encargada de que, de forma individual, se analicen los factores que determinaron la comisión del delito para poder intervenir de forma adecuada, no solo con la interacción en diferentes espacios (Módulos de Respeto, Terapéuticos, enfermería…), sino desde el aspecto educativo, formativo, laboral o a través de cursos específicos.
La reinserción, por tanto, se puede definir como el proceso por el que toda persona que ha sido condenada a prisión aprende a vivir en sociedad respetando a los demás, a sí mismo y a la ley, tal y como establece el art. 59 LOGP. Son los equipos de tratamiento a través de sus diferentes profesionales, los que intervienen y valoran a efectos de la CLASIFICACIÓN PENITENCIARIA si, pasado un tiempo de cumplimiento, el interno está capacitado para llevar un régimen de semilibertad o de, en otra fase, la suspensión de la pena (nueva modalidad de libertad condicional). Y, ¿cómo se hace ahora esta predicción?
Encuentro anual de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria
El pasado mes de mayo de 2022 tuvo lugar en Pamplona el encuentro anual de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria de toda España.
Tres fueron los objetivos perseguidos en esta XXX edición:
Profundizar y actualizar su conocimiento sobre la doctrina y jurisprudencia constitucional más reciente relativa a los derechos fundamentales de los penados a penas privativas de libertad, en especial en su conexión con el derecho a la reinserción.
Exponer y debatir acerca de las dificultades de tutelar los derechos fundamentales sin una ley procesal penitenciaria y, en particular, sin un proceso específico de tutela.
Actualizar los criterios de actuación de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria ante las deficiencias legales aludidas. En especial, en materia de medidas de seguridad y libertad condicional.
Refundición de los Criterios de 2019 y 2021
Previamente a la celebración de estas Jornadas de 2022, se había procedido a refundir en un documento los Criterios de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria aprobados en la reuniones de 2019 (Ciudad Real) y 2021 (Barcelona). En el año 2020 no se celebró la reunión anual debido a la crisis del coronavirus.
Entre las novedades más relevantes de los encuentros de 2019 y 2021, destacan las siguientes:
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