Archivo de la etiqueta: sanidad penitenciaria

¿Privatización de la sanidad penitenciaria en España?

Los establecimientos penitenciarios de Cuenca, Cáceres, Villena (Alicante II), A Lama (Pontevedra), Teixeiro (A Coruña) y Mallorca han recurrido ya a la sanidad privada a causa de la falta de médicos de atención primaria en las prisiones (la atención especializada se canaliza a través de los hospitales más cercanos a las prisiones). Parece que el recurso a la sanidad privada para suplir bajas de médicos y jubilaciones de médicos penitenciarios ha venido para quedarse.

Instituciones Penitenciarias ha autorizado también un sistema de guardias telemáticas en algunas cárceles para que los médicos penitenciarios atiendan telefónicamente consultas más urgentes.

El Defensor del Pueblo ha venido denunciando durante años la carencia de médicos penitenciarios para la asistencia primaria, pero el problema no hace más que aumentar.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud ordenó hace casi 20 años transferir la sanidad penitenciaria a las Comunidades Autónomas. Sin embargo, a día de hoy, solo Navarra, País Vasco y Cataluña han hecho realidad este mandato. Navarra lo hizo en 2021, una década más tarde que las dos Comunidades que tienen transferidas la gestión de las prisiones (Cataluña en 2010 y País Vasco en 2011). Los médicos que trabajan en las cárceles del resto de España siguen integrados en el Ministerio del Interior.

¿Vamos camino de la privatización de la sanidad penitenciaria en España?

Más artículos sobre sanidad penitenciaria.

Paloma Ucelay, Jurista del Cuerpo Superior Técnico de Instituciones Penitenciarias.

Foto cortesía de National Cancer Institute, vía Unsplash

Telemedicina entre centros penitenciarios y hospitales de Aragón

El 4 de septiembre de 2021 fue publicado en el BOE el Convenio firmado entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Servicio Aragonés de Salud, en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios.

El objeto del Convenio es triple:

1. La mejora de la asistencia sanitaria que se presta en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Aragón facilitando el acceso telemático a las historias clínicas informatizadas que existen en el SALUD por parte del personal sanitario de Instituciones Penitenciarias (actualmente titulados en Medicina y Enfermería) que prestan sus servicios en los centros penitenciarios de Daroca, Zuera y Teruel, exclusivamente para la consulta de la historia clínica de pacientes atendidos por ellos en su atención sanitaria habitual. El acceso queda acotado, única y exclusivamente, a los pacientes compartidos, durante el periodo de internamiento u otras situaciones ajustadas a la Ley. El acceso comporta, adicionalmente, la capacidad del personal sanitario de Instituciones Penitenciarias para realizar registros en la historia clínica de los pacientes en el nivel de Atención Primaria.

2. Facilitar la implementación de la telemedicina.

3. Facilitar entre ambas instituciones la formación de los profesionales sanitarios.

Podéis consultar la Resolución completa aquí.

Algunas ideas sobre el internamiento hospitalario forzoso (o el aislamiento) por razones de salud pública de personas ya privadas de libertad

internamiento hospitalario forzoso 30/06/2017

Este mes estamos de enhorabuena.

Hoy tenemos otro post invitado gracias a la genorosidad de Eugenio Arribas López. Mi alegría es doble porque ha supuesto un reencuentro con el jurista que presidió mi tribunal de oposición e hizo que, a pesar de la tensión de todo aspirante, pueda traer a la memoria aquellos momentos con cariño. Ojalá muchos opositores puedan conservar un recuerdo tan bueno de sus exámentes de acceso al cuerpo. Gracias de nuevo, Eugenio.

Algunas ideas sobre el internamiento hospitalario forzoso (o el aislamiento) por razones de salud pública de personas ya privadas de libertad

Por Eugenio Arribas López. Doctor en Derecho. Criminólogo. Jurista del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias

La protección de la salud pública o colectiva (recordemos los casos del ÉBOLA, no tan lejanos, o de la GRIPE-A, un poco más distantes en el tiempo, por ejemplo) puede hacer imprescindible la privación o restricción de la libertad de las personas en contra de su voluntad, básicamente para minimizar el riesgo de contagio de la enfermedad o infección que padezcan al resto de la población.

En el ordenamiento jurídico encontramos una serie de normas, si bien no tan completas y adecuadas como resultaría deseable en un tema de tanta trascendencia, que contemplan de alguna forma esa posibilidad de privación o restricción de la libertad personal por razones de salud pública. Básicamente, nos estamos refiriendo a la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (LO 3/1986); a los arts. 26 y 28  de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad;  al art. 9.2 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; al art. 54 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública; y, finalmente, al art. 8.6, párr. 2º, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA), que transcribimos: «Asimismo, corresponderá a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental». Seguir leyendo

Enfermos mentales en prisión: RIESGOS

0Enfermos mentales en prisión, riesgos3/05/2015

La reflexión de hoy está dedicada a la problemática de los enfermos mentales en prisión, a petición de Pepe Núñez  y como continuación de esta otra entrada. En ella pudimos ver el documental «Fuera de lugar» que el director Fernando Guillén-Cuervo dedicó a esta realidad un tanto «invisible».

En esta ocasión me voy a centrar un poco más en las causas por las que los enfermos con trastornos mentales graves tienen mayor riesgo de convertirse en víctimas del sistema penal. Esta entrada ha sido inspirada por José María López, coordinador del Plan de Ámbito Penal y Penitenciario de la Fundación Manantial, que en 2014 ha sido condecorada con la ‘Medalla de Plata al mérito social penitenciario’ por el Ministerio del Interior. Seguir leyendo