
La Audiencia Nacional autorizó en 2014 la entrada libros electrónicos en prisión, con unas concretas condiciones que impidieran la recepción o emisión de información no controlada por los funcionarios (adquisición por demandadero y que los aparatos no dispusieran de WIFI, puerto USB, ni grabadora de voz). Se trataba de preservar con ello la seguridad de los centros penitenciarios.
Sin emabargo, en 2016, a raíz de varios expedientes posteriores, la Audiencia Nacional dejó sin efecto dicha autorización, dada la imposibilidad de ejecutar la misma por los problemas técnicos que planteaba la carga de información en los dispositivos y el control de su contenido por parte de los funcionarios.
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