
Ya hemos comentando en este blog la urgente necesidad de que se promulgue de una vez por todas una ley reguladora de los procedimientos ante los jueces de vigilancia penitenciaria. Y así lo han reiterado ellos mismos año tras año al Gobierno, apoyados en el artículo 78 de la propia Ley Orgánica General Penitenciaria.
Mientras seguimos esperando la publicación de dicha norma procesal específica, encontramos anualmente algunas directrices en los Criterios de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria: no necesidad de abogado y procurador, plazo de audiencia, legitimación para intervenir ante los Juzgados, suspensión de actos administrativos recurridos, competencia territorial…
Resulta también de especial utilidad la obra El procedimiento de actuación ante los órganos de la jurisdicción de vigilancia penitenciaria. Hacia un Derecho Procesal Penitenciario, de Juan Rafael Benítez Yébenes. El autor es Magistrado de la Audiencia Provincial de Málaga y Juez de Vigilancia Penitenciaria, Doctor en Derecho por la Universidad de Córdoba, Profesor asociado de Derecho Procesal de la Universidad de Granada, así como fundador y presidente de la Asociación Melillense de Estudios Penitenciarios.
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